jueves, 10 de junio de 2010

Una interpretación del cristianismo para justificar el abuso ecológico: “Cristianismo occidental v/s conciencia humana”

En base al texto escrito por Lynn White “Raíces históricas de nuestra crisis ecológica” es posible extraer varias conclusiones frente a la crisis ecológica, tanto conclusiones practicas, hechos concretos, como de fondo en un contexto más teórico-filosófico.

Tomemos la relación entre el texto y la religión, básicamente en el texto se plantea la idea que la ciencia y posteriormente la tecnología se dieron a luz en el medioevo, con una basta influencia cristiana, que cómo se muestra en el texto el “cristianismo es la religión más antropocéntrica de todas”, lo que nos lleva a concluir que esa ciencia y tecnología, creada para el beneficio del hombre, más el pensamiento cristiano occidental de superioridad hacia la naturaleza, no daría una relación armónica entre ser humano y naturaleza.

Por ende si todo gira alrededor del ser humano, la naturaleza como tal no iba a ser la excepción, estando a nuestra disposición para nuestro uso y beneficio, por su parte la religión cristiana es amplia, pero hablando de relación hombre-naturaleza, la Biblia plantea que el hombre fue creado a semejanza de Dios (Dios entendido como ser supremo, divino), siguiendo esa lógica el ser supremo seria el hombre, la naturaleza y sus organismos pasarían a estar también a nuestra disposición, según el cristianismo y su base occidental. Por lo tanto, que el hombre se crea con atribuciones de superioridad frente al mundo que nos rodea, su entorno y naturaleza, no se justificaría sólo con ignorancia, sino que por una base cultural Occidental, que queramos o no la tenemos inserta en casi todo el mundo.

Siguiendo una línea, la ciencia y tecnología occidental se inspiraron en los pensamientos cristianos, “la tarea y la recompensa del científico era continuar los pensamientos de Dios”, entonces recordemos los “pensamientos de Dios” mencionados anteriormente, “el hombre comparte la superioridad de Dios sobre la naturaleza”. Al relacionar la ciencia, tecnología y el cristianismo occidental se extráe fácilmente un sentimiento de manipulación del hombre hacia la naturaleza, por medio de la tecnología y ciencia como herramientas para facilitar un fin determinado, obtener beneficios (extraer recursos de forma desmedida por Ej.), y no un mensaje de paz y armonía entre todos los organismos creados supuestamente por el mismo Dios.

En el texto además se menciona el animismo pagano, que en la antigüedad representaba el espíritu guardián de cada organismo, en donde culturalmente el ser humano no arrasaría con la naturaleza como lo hace desde mucho tiempo hasta la fecha, ¿pero que de cierto tendría este animismo? Hay otras religiones y culturas donde existe un respeto mutuo entre seres humanos y su entorno más cercano, algunas comunidades anarquistas del sur de Uruguay funcionan así (véase el Anarquismo en la Globalización), me refiero al respeto por la naturaleza, no cayendo en un discurso histérico pseudo ambientalista, sino que extraer recursos para su comunidad, y en la medida de lo posible practicar una sustentabilidad entendida como la relación armoniosa entre los factores: económico( que no sólo se refiere al dinero como tal), social y ambiental. De esta manera producen sólo lo necesario y no adóptan el comportamiento estereotipado de sociedad moderna, en donde todo es un terreno fértil para invertir, dicho de otra forma, no sobre explótan los recursos de sus zonas territoriales, entendiendo que esos “recursos” no son nuestros, pero a la ves son necesarios para la subsistencia del ser humano.

Importante es destacar que lo mencionado en el texto es una interpretación del autor, y no necesariamente la base cultural occidental científica, técnica y tecnológica tendría que basarse en el cristianismo occidental planteado por White, que muestra al hombre como copia de un ser divino, y todo lo que lo rodea está a su disposición, con ésto no estoy diciendo que el comportamiento actual del hombre no sea el mencionado por White, ya que es obvio y evidente, me refiero que quizás el comportamiento del europeo medieval no necesariamente fue influido sólo por el cristianismo, quizá por uno o más factores. Pero si considero que es una tesis bien planteada en planos generales.

Al mencionar a San Francisco de Asís y su visión espiritual creo que para la época era más que un revolucionario, es evidente que Francisco de Asís era un hombre con sus convicciones claras, y aunque su interpretación del cristianismo de la época haya sido distinto al resto, él al igual que muchos otros fue un cristiano que sentía la necesidad de vivir en armonía con su entorno, sus pares, ya que todos supuestamente fueron creados por un mismo Dios, “igualdad entre todas las especies” fue lo que promovía Francisco de Asís.

Ahora bien, como último punto quisiera mencionar que factibilidad es un termino que no utilizo a menudo, prefiero practicar, ya que si me pregunto ¿será factible realizar lo que planteaba Francisco de Asís? Debería preguntarme además ¿factible para quien? O ¿para que? , yo me quedo con lo mencionado anteriormente “igualdad entre todas las especies” representándolo día a día respetando y cuidando mi entorno, y no sólo por el respeto que tengo por todas las especies y la vida, sino que de manera conciente (y no tanto espiritual, como Francisco de Asís) comprendo que éste mundo es uno solo, es mi casa y la casa de todos, por último mencionar que es hermoso tanto fisica como conceptualmente.

Quiebre al poder de la Heterosexualidad: parejas del mismo sexo buscan el reconocimiento legal

En Chile la institución del matrimonio tradicionalmente se realiza entre un hombre y una mujer. Desde la década de los 90´ que se habla de unión homosexual e igualdad de derechos y un reconocimiento legal de éstos ante la ley.

El matrimonio es considerado el pilar fundamental de la familia, y ésta es el pilar fundamental de la sociedad, al menos así la considera el derecho y la religión, disciplinas que marcan la concepción fundamental del matrimonio. Por un lado existe el matrimonio religioso y por otro el matrimonio civil, ambos comparten algunos aspectos que caracterízan el concepto de matrimonio, y establecen requisitos para llevar a cabo la institución del matrimonio en chile.

Desde hace una década, al menos, se tienen registros de peticiones de matrimonios homosexuales o personas del mismo sexo, esta petición pone un quiebre en la concepción tradicional del matrimonio y abre una puerta al debate público sobre, si es posible la extensión del matrimonio a las parejas del mismo sexo que sienten la necesidad de contraerlo.

La concepción del matrimonio y su vertiente religiosa

La concepción religiosa del matrimonio viene principalmente de la iglesia católica, la cual fundamenta ésta institución (el matrimonio) mediante los dos testamentos (la Biblia) y la moralidad de la religión católica.

La moralidad católica recoge el moralismo Austro de los estóicos, y la visión corporal de los neoplatónicos, a partir del siglo II después de cristo (parte de la cultura Judeo-cristiana).

La moralidad de los estóicos afirmaba luchar contra el deseo sexual ya que genera pasiones esclavizadoras, y los neoplatónicos consideraban que todo lo material y carnal era intrínsicamente malo.

Bajo estas ideas (entre otras) la iglesia católica fue formando su moralidad, concepto que entrega la idea de sexualidad, sólo con un fin: la procreación, y solo dentro del marco matrimonial. También se despega de ésto la única función de la sexualidad, lo que fundamenta la concepción actual del matrimonio para la religión: “Institución creada por dios que bendice y entrega gracias de estado a la pareja conformada por un hombre y una mujer”.





Iglesia católica y su moralidad religiosa influencia el concepto de matrimonio civil.

La definición jurídica del matrimonio en Chile, esta explicita en el artículo 102 del código civil, y básicamente se fundamenta en el derecho matrimonial influido directamente por la concepción católica del matrimonio, la cual considera que la pareja debe ser un hombre y una mujer con el fin de la procreación y, establece el modelo de familia que toma el derecho y asume el código civil en Chile (1855). Este modelo de familia además instáura en la sociedad chilena la patriarcalidad en el núcleo familiar: hombre proveedor y mujer dedicada a la crianza y el hogar.


El movimiento homosexual en busca de igualdad de derechos.

Opinión publica sobre los derechos de personas homosexuales en Argentina, México, Uruguay y Chile.
País
A favor de la adopción
A favor del matrimonio
Uruguay
37%
49%
Argentina (buenos aires)
44%
73,1%
México
11%
----
Chile
-----
34%

(Fuentes: Argentina, consultora Analogías. Uruguay, observatorio de Montevideo. México, encuesta de investigación sobre la adopción Pew. Chile, encuesta fundación Chile sobre el matrimonio 2007.)

En chile los movimientos representantes de homosexuales, transexuales y lesbianas ampáran sus demandas de igualdad en los principios de las naciones unidas, y de ésta forma désde la década del 90¨ en Chile movimientos como el MOVILH, Muns, Gay Chile, Opus gay y lesvianas.cl, han participado y buscado participar en organizaciones de diversos tipos para colocar sobre la mesa los temas que representan estos movimientos: igualdad, no discriminación y representación.

Aunque el 34% de apoyo al matrimonio homosexual, encuestado en chile, no satisface a la mayoría de éstos movimientos, estos son apoyados por organizaciones internacionales que trabajan en común por hacer valer los derechos de las minorías sexuales, además algunos movimientos están vinculados con agrupaciones de tratamiento de personas con VIH sida.

El argumento de estas agrupaciones es hacer valer los derechos de las minorías sexuales en Chile y romper con el estigma y discriminación sufridos en la sociedad. Uno de los principales aportes de estos movimientos es hacer publico los intereses de las minorías sexuales, como por ejemplo sobre el matrimonio, en donde con el paso del tiempo han colaborado para que el tema sea de interés público, y es ahí cuando nace la pregunta ¿será posible el matrimonio homosexual?


¿Es posible en chile el matrimonio homosexual, o entre personas del mismo sexo?

El matrimonio como lo entiende la iglesia católica y la religión en general, con las consideraciones religiosas (requisitos) para formar éste tipo de instituciones en Chile, sería imposible llevar a cavo un matrimonio homosexual.

Si por un lado la religión católica, representada por sus ministros, padres y curas dieran la bendición a la unión entre una pareja del mismo sexo, (como ocurrió en Estados
Unidos en el año 1970 en donde Richard Baker y James McConnell se casaron por la iglesia católica en el estado de Minnesota), la jerarquía eclesiástica en ningún caso reconocería la institución matrimonial como la de Baker y McConnell, ni en Chile ni el mundo. Prueba de eso es la carta de “congregación para la doctrina de la fe” (1986) escrita por la iglesia católica en donde se establece que “La actividad Homosexual no expresa una unión complementaria, capaz de transmitir la vida…” si bien es cierto no establece una sanción ni consideración totalitaria, si establece un juicio moral al respecto. (La carta en su totalidad)

Por otro lado la legislación Chilena es clara y señala los mismos requisitos que la unión religiosa: una pareja conformada por un hombre y una mujer, con el fin de procrear y formar el modelo de familia considerado en el código civil (1855). Derivado del derecho matrimonial de vertiente católica.

Entonces al hacer la pregunta ¿es realizable el matrimonio entre sujetos del mismo sexo? La respuesta es tajante: NO es realizable. La extensión del matrimonio heterosexual hacia las parejas homosexuales en chile es impensable (por el momento), ya que tendría que creárse una ley de unión matrimonial que considere nuevos aspectos.

La situación jurídica en esta materia es nula, es decir, El derecho chileno no tiene ninguna norma que reconozca a la pareja homosexual, ni la constitución ni la legislación moderna: no hay normas especiales o código civil que las contemple.

Reconocimiento civil de la convivencia homosexual: aparece como una alternativa.

Hace aproximadamente unos diez años o más que se habla de reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo. En el mundo países como España, Bélgica, EEUU y Holanda han legislado en ésta materia, en algunos han privilegiado el principio de igualdad dando cabida al matrimonio civil entre personas del mismo sexo, mientras en otros han legislado en ámbitos cómo bienes y patrimonio de la pareja, pero de todas formas ambas legislaciones representan un avánce en materia del reconocimiento legal.

Para el derecho Chileno, hasta el día de hoy, el homosexual no existe como actor social y tampoco como pareja, es por eso necesario legislar al respecto y reconocer la unión de parejas del mismo sexo, teniendo claro que el matrimonio civil es algo inalcanzable para el homosexual con el marco legal actual (concepción tradicionalista de familia).

En el caso chileno si seria posible legislar en esta materia, regulando la unión civil de parejas homosexuales enfocándose en el ámbito patrimonial de la pareja, es entendido que este ámbito es el más importante, y sobre el que las organizaciones del movimiento homosexual han pedido legislar al parlamento.

Esta regulación de “parejas de hecho” (como se le llama en otros países) puede estar dentro del código civil, más bien reformarlo, o también puede ser una legislación aparte que regule ésta unión.

Importante es aclarar que no es imposible el matrimonio homosexual en nuestro país, pero si en estos días es inviable por el marco legal actual, intentar hacer un cambio en esta matearía significaría un largo tiempo de discusión en el parlamento (años).

El proyecto de ley que ingreso hace un par de semanas (2009) al parlamento apúnta a lo antes mencionado, legislar sobre el patrimonio que se obtenga en el tiempo de la convivencia entre personas del mismo sexo, de manera que, terminada la relación exista una medida legal que ayude a distribuir los bienes de la pareja, también ésta ley afectaría a herencias y patrimonio. Igualando la situación con las parejas heterosexuales reconocidas ante la ley. Esto significaría sentar el tema y empezar a discutir legalmente sobre la igualdad de derechos en chile, ésto si, siempre dependiendo de lo que dicte la carta magna, la constitución.


Fuentes.


-Dr. Juan Andrés Varas, Decano escuela de derecho UACH

-Susan Turner, profesora derecho civil UACH

-Juan Torrejón, director Vivo positivo Valdivia

-Jaime Manrique, Padre iglesia San Francisco Valdivia

-Ivo RRaseur, Padre Obispado Valdivia

Otras fuentes

-MOVILH

-MUNS

-Opus Gay

Gay Chile

Bibliografía

-Construcción de la identidad Gay en Chile, Lionel Lyons.

-Un reto al estado Heterogéneo, Juan Herrero Brasas.

-Claves para entender el derecho de familia contemporáneo, Hernán Corral Talciani.

Sobre transparencia y acceso a la información pública: Ley de tranparencia N° 20.285

Sobre transparencia y acceso a la información
pública.
Las Exepciones o causales de reserva
Establecidas por la ley.
Ley 20.285, Titulo IV
“ Sobre el derecho de acceso a la
información de los organos de la
administracion del estado”.
Art. 21.- Causales de secreto o reserva total o
parcial de acceso a información.
1) Cuando su publicidad afecte el funcionamiento del
organo requerido (particularmente):
a) si se trata de antecedentes necesarios a defensas
jurídicas y judiciales.
b) Antecedentes previos a la adopcion de una resolucion.
C)Requerimientos referidos a un elevado numero de actos
administrativos, cuya atencion requiera distraer
indebidamente a los funcionarios del cumplimiento habitual
de sus labores.
2) Cuando su publicidad afecte los derechos de las personas.
(Seguridad, salud, vida privada, de carácter comercial o
económico).
3)Cuando su publicidad afecte la seguridad de la nacion.
(Defensa nacional, orden publico)
4) Cuando su publicacion afecte el interes nacional.
(Salud publica, relaciones internacionales, interes económico
del país.)
5) Informacion declarada reservada por una ley de quórum
calificado.
Ley de quórum calificado
¿Que es una ley de quórum calificado?
Categoria especial de ley, establecida por la
constitucion política de 1980, este tipo de ley
requiere para ser aprobada mayoria absoluta en
las dos camaras (50%+1)
*Esta ley puede declarar la resrva de informacion,
de acuerdo a las causales señaladas en el artículo
8° de la constitucion política.
Articulo 8° de la constitucion
política.
“...Son publicos los actos y resoluciones de los
órganos del estado,así como sus fundamentos y los
procedimientos que utilicen. Sin embargo solo una
ley de quórum calificado podrá establecer la
reserva de estos cuando la publicidad afectare el
debido cumplimiento de las funciones de dichos
órganos, los derechos de las personas, la
seguridad o interés de la nacion.”
Aspectos particulares de una
ley de quórum calificado.
a) actos que una ley de quórum calificado declare
reservados mantendran ese carácter hasta que una
ley de la misma jerarquia la deje sin efecto.
b)El caracter de informacion reservada es de 5
años , pudiendo ser prorrogada (total o
parcialmente) por otros 5 años.
c)El carácter de reserva será indefinido tratandose
de la defensa nacional, planificacion militar o
integridad territorial de Chile.
Profesor Humberto Nogueira ... “la transparencia
implica que la ciudadanía tiene derecho a reclamar la
información para que la actuación del órgano sea
efectivamente legitimada desde el punto de vista de lo que
es una sociedad democrática”
*Reservas limitan la transparencia ( art. 21, 1c. Se justifica
la reserva alegando interrupcion de las labores habituales
del órganismo, se prioríza el funcionamiento del órganismo
y no el derecho de acceso a información.
*Avances: se especifican las causales legales del rechazo a
la entrega de información, y establece como transparente
la funcion pública.

Contexto económico regional: “Medidas estratégicas y cambios institucionales se paséan por los Ríos.”

La creación de la región de Los Ríos se formalizó en Valdivia el 16 de marzo de 2007. A más de 3 años de su puesta en marcha y, en el marco del cambio de gobierno, asumido por el presidente Sebastian Piñera, se presenta un análisis en materia económica de la región de los ríos, mencionando algunos de sus sectores más importantes: forestal, agropecuario y turístico, en el marco de una estrategia de gobierno regional y las políticas económicas perfiladas por el nuevo gobierno.

Breve panorama nacional

Las políticas económicas nacionales han cambiado su eje de crecimiento por el desastre del terremoto, cambiando el nombre de su programa de crecimiento por: “plan de reconstrucción, programa de gobierno y financiamiento 2010-2013”, según el ministerio de hacienda, 16 de abril 2010, ésto muestra implícitamente su nuevo enfoque.

Dentro de los objetivos del nuevo gobierno se encuentran: “recuperar la inversión y aumentar la productividad, el emprendimiento e incentivos a la contratación de mano de obra”.

En el futuro cercano esto tendrá repercusiones en los sectores productivos regionales de los Ríos, los cuales se destacan según la estrategia de desarrollo regional por “contar con una matriz poco diversificada, economía con baja incorporación del valor agregado a su producción y productos destinados principalmente al mercado interno.” Aunque menciona además que el turismo presenta una tendencia y comportamiento al mercado externo.

Situación local

Según el estudio del INE “variación de actividad económica, diciembre 2009” la región de los Ríos presenta dinámicas “decrecientes” en los sectores silvoagropecuarios e industria, destacando que los “decrecimientos” productivos de mayor incidencia fueron “el pecuario y silvícola”


(Índice de actividad económica regional (INACER),2009)

Éste grafico muestra un escenario regional de cuatro trimestres con resultados negativos y al término del año 2009 acumula una Contracción de 6,4%.(variación negativa acumulada), además se muestra una variación trimestral de -1,6 %.

Al contrastar estos datos con los objetivos estratégicos de la región de los ríos: “Fortalecer las relaciones publico-privadas, desarrollo económico local, implementar un sistema regional de ciencia para incrementar la inversión, Aumentar la competividad de las Empresas de Menor Tamaño (EMT)”

.El contraste de éstos datos con las propuestas regionales convergen en la Agencia regional de desarrollo productivo (ARDP), quien se ve a sí misma como “entidad que busca el desarrollo económico, desde la participación local, privada y publica”, como una entidad “trascendental en materia de descentralización”.palabras de Roberto Martinic, director ejecutivo (ARDP)

Perfil del nuevo gobierno

Con fecha 26 de marzo de 2010 se realizo la primera reunión entre el consejo estratégico de la (ARDP), formado por organismos público-privados y el nuevo Intendente de la región de los ríos, Juan Andrés Varas, quien asumió como presidente del consejo público-privado.

En este primer encuentro se trataron, entre otros temas, la futura transformación del organismo de desarrollo en una corporación de derecho privado.


En el estatuto para formar corporaciones, proporcionado por el ministerio de justicia, se menciona en el titulo 4 sobre el directorio: “: La Institución será dirigida y administrada por un Directorio compuesto de un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y Directores” además de contar con socios que “Podrá ser socio toda persona sin limitación alguna de sexo, nacionalidad o condición”- titulo 2 sobre los socios-.


El cambio entre la actual agencia regional de desarrollo productivo y la futura corporación de derecho privado, es la participación pública en el desarrollo estratégico del organismo.

A diferencia de la corporación de derecho privado- que es dirigida y administrada por un directorio- la (ARDP) es dirigida por un consejo u organismo publico-privado, además de contar con un director ejecutivo, en términos generales seria la participación pública en el organismo que cambiaria..

Desarrollo estratégico de la región

Dentro de las próximas semanas se firmara el “Convenio Vinculante 2010” ya revisado y aprobado por el organismo publico-privado de la ARDP, este convenio contempla “focalizar las prioridades estratégicas en torno a los ejes productivos de la región”.-ARDP, región de los ríos.-

Los ejes productivos de la región son: Industria Agroalimentaria, Pesca y Acuicultura; Turismo de Intereses Especiales; Industria Creativa y del Conocimiento; Forestal y Madera e Industria Naval y Metalmecánica.

La agenda regional de competitividad contempla la “implementación de tres Programas de Mejoramiento de la Competitividad (PMC), los cuales se enfocaran en los 3 primeros sectores: Industria Agroalimentaria, Pesca y Acuicultura; Turismo de Intereses Especiales.


Por otro lado, se acordó iniciar el trabajo de diseño de un (PMC) dedicado al sector forestal y de la madera, el cuarto en la región, tras los tres actualmente en funcionamiento


De esta forma la institucionalidad regional y nacional busca levantar las áreas económicamente estratégicas de la región, las medidas nacionales apuntan a medidas más generales de la economía nacional- véase al principio- , además de lidiar con la “trabajolica” reconstrucción del país tras terremoto, que como dato costara alrededor de 30 mil millones de dólares- ministerio de hacienda, programa de reconstrucción-.


Las medidas regionales son más precisas y apuntan a “sacarle el jugo” a los ejes productivos regionales, aunque las estadísticas del INE no muestran buenos resultados en el índice de actividad regional diciembre 2009.





Fuentes:


- Roberto Martinic, Agencia regional de desarrollo productivo


- Plan de reconstrucción, programa de gobierno y financiamiento 2010-2013


- instituto nacional de estadísticas.


-Estrategia nacional de desarrollo


- Subsecretaria de desarrollo regional y administrativo.